El proceso de homologación del título de Abogado en España es el procedimiento que reconoce la validez y equivalencia del título de formación obtenido en un centro educativo extranjero, en territorio español. La homologación trata de evaluar si el título obtenido en un país extranjero cumple con los estándares y requisitos de formación necesarios, siendo equivalente a los títulos españoles.
El proceso de homologación del título de Abogado incluye la revisión de documentación, entrevistas, pruebas y la evaluación de la institución de formación extranjera. El resultado final es un título homologado que reconoce la validez y equivalencia del título extranjero en el país de destino.
Si dispones del título de Abogado extranjero y deseas trabajar en España legalmente como abogado, se aconseja la homologación del titulo de Abogado.
En Ciriano&Moreno Abogados le ayudamos en todo el proceso de homologación de su título, brindando un servicio integral adaptado a sus necesidades y asegurándonos que sea lo más sencillo y eficaz posible.
En España no es lo mismo ser Abogado que tener un grado de derecho. Tener un grado de derecho implica haber estudiado mínimo una carrera universitaria en leyes o derecho, mientras que ser Abogado implica no solo haber estudiado la carrera de Derecho sino además tener un máster de acceso a la abogacía, ya que tiene que estar debidamente preparado para llevar la defensa de su cliente en el juicio.
Se recomienda la homologación del título de Abogado en España siempre que se desee ejercer como abogado en el país, o bien poder asistir a un juicio, asesorar, ser trabajador independiente, demandar, tener acceso a certificados digitales para hacer tramitaciones ante organismos de la administración, etc.
En función de las intenciones de trabajo es más conveniente homologar, hacer una equivalencia o bien realizar una especialización.
Para realizar el proceso de equivalencia del título de Abogado es preciso acudir al Ministerio de Educación Superior y hacer la solicitud de equivalencia del título de derecho o licenciado en derecho a ciencias jurídicas, no teniendo que cursar ninguna asignatura adicional.
El proceso de equivalencia permite el trabajo en ámbitos jurídicos (despachos donde se requieran conocimientos jurídicos, redacción de contratos, verificación de documentación), pero no se podrá hacer el máster de acceso a la abogacía (si cualquier otro máster) y por lo tanto bajo ningún concepto trabajar ni ser abogado.
La solicitud se realiza ante el Ministerio de Educación Superior de manera presencial o bien a través de cualquier registro publico. Lo aconsejable es presentarlo en el Registro del Ministerio.
A la hora de presentar la solicitud se exige:
El tiempo de estudio de la solicitud puede llevar entre los 8 y 12 meses.
Si dispones de un título de Abogado extranjero y deseas trabajar como abogado en España, asesorar al cliente, poder asistir a un juicio, demandar y contestar demandas, entre otros, lo más conveniente es homologar el título de Abogado y después de la homologación cursar el máster habilitante especial el de acceso a la abogacía en una Universidad española que dura año y medio, para así poder colegiarse como abogado ejerciente.
Para homologar el título de abogado en España y poder trabajar como tal, además de la convalidación y máster habilitante es preciso cumplir otros trámites:
Si no se es ciudadano español o de algún país de la UE/EEE, deberá de solicitarse una dispensa de nacionalidad ante el Ministerio de Justicia, adjuntando los siguientes documentos:
La solicitud deberá se resuelta en un plazo máximo de 3 meses. Si no hay resolución expresa o respuesta en el tiempo indicado se entenderá por estimada por silencio positivo tras la no obtención de respuesta en el plazo estipulado.
Tras la entrada en vigor de la Ley 34/2006 de 30 de octubre, para poder acceder al ejercicio de la profesión de Abogado, cualquier graduado u homologado se han de cumplir los requisitos de formación adicional y prácticas (Máster de Acceso a la Abogacía o curso de formación de Acceso a la Abogacía en Escuela de Práctica Jurídica creado por un colegio de abogados) establecidos en la misma.
Los másteres de acceso a la abogacía constan de un periodo teórico y otro práctico y la duración de estos programas es de 90 créditos.
Una vez se ha superado de manera satisfactoria el Máster o periodo de formación, deberá solicitarse la inscripción a la prueba de acceso ante el Ministerio de Justicia.
Para finalizar y de manera obligatoria se precisa la Colegiación en el Colegio de Abogados español que corresponda, en el que se establezca el domicilio profesional. La colegiación ha de ser anterior a ejercer la actividad como abogado permitiendo trabajar en todo el país.
Tras el proceso de homologación la documentación a aportar para colegiarse es la siguiente:
Al igual que para cualquier ciudadano español que desea colegiarse, el resto de trámites y documentación que se exige es la misma:
Colegiado como Abogado ejerciente, el interesado podrá ejercer el Derecho y profesión y estarán sujetos a idénticas normas profesionales, jurídicas, administrativas que definen la profesión de abogado en España.
Resuelva cualquier duda que tenga sobre la homologación de títulos extranjeros contactando con Ciriano&Moreno Abogados. No dude en llamarnos, contamos con el 100% de casos resueltos con total éxito.
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